REGLAMENTO INTERNO

 


 

CLUB DEPORTIVO “EN ZONA”

REGLAMENTO GENERAL

 

CAPITULO I

DE LAS DIRECTVAS

 

ARTÍCULO 1o. El club estará regido por unas directivas, la cual estará conformada por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un vocal.

ARTICULO 2o. Las elecciones se realizaran por votación y quedarán elegidos los 5 miembros con mayor votación en la Asamblea, según lo establecido en el articulo 37 de los estatutos.

ARTICULO 3o. La distribución de los cargos será asignada entre sí por los cinco funcionarios elegidos, según consta en el articulo 38 de los estatutos.

ARTICULO 4º. Los miembros del Comité Ejecutivo no tendrán ninguna inhabilidad para ser reelegidos o renombrados en su mismo cargo o en otro diferente por periodos sucesivos, según lo establecido en el articulo 34 de los estatutos.

ARTICULO 5º. El comité ejecutivo podrá deliberar con tres de sus miembros.

 

 

CAPITULO II

 

DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE

 

 

 ARTICULO 6o. Nombrar al secretario, tesorero, vicepresidente y al vocal para conformar el Comité Ejecutivo del Club.

ARTICULO 7º. Asignar funciones especificas al vicepresidente, secretario, tesorero y vocal.

ARTICULO 8º. Realizar las gestiones y tramites necesarios para la consecución de recursos financieros, para el mantenimiento y desarrollo del objetivo del club.

ARTICULO 9º. Realizar negociaciones para conseguir patrocinios o donaciones de la empresa privada o pública.

ARTICULO 10º. Desarrollar y promover actividades sociales, culturales y deportivas que tengan como fin primordial la integración de los integrantes del club y la consecución de recursos financieros.

ARTICULO 11º. Controlar y aprobar la distribución de los recursos financieros.

ARTICULO 12º. Velar por el bienestar físico, psicológico y emocional de todos los integrantes del club.

ARTICULO 13º. Tener conocimiento acertado de la información y comunicaciones expedidas por las diferentes Ligas y la Federación Nacional de Voleibol.

ARTICULO 14º. Tener conocimiento de los cursos y talleres que se adelanten dentro del territorio Nacional que  busquen un mayor grado de conocimiento en cualquier campo del deporte.

ARTICULO 15º. Propiciar el acceso de los entrenadores y monitores a los cursos y talleres del articulo 14.

ARTICULO 16º. Cuando lo considere necesario podrá nombrar un Gerente Deportivo, el cual deberá desarrollar las funciones y tareas asignadas por el presidente. Este permanecerá en su cargo, hasta donde lo determine el presidente.

ARTICULO 17º. Podrá nombrar miembros honoríficos dentro del Comité Deportivo.

ARTICULO 18º. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias  del Comité Deportivo.

ARTICULO 19º. Adelantar y suscribir convenios con instituciones públicas y privadas que busquen un mejor desarrollo y funcionamiento del Club.

ARTICULO 20º. Podrá convocar a elecciones extraordinarias cuando lo considere conveniente y necesario.

 

 

 

CAPITULO III

 

DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL VICEPRESIDENTE

 

 

ARTICULO 21º. Reemplazar al presidente en sus ausencias temporales o absolutas.

ARTICULO 22º. Realizar las gestiones y tramites necesarios para la consecución de recursos financieros, para el mantenimiento y desarrollo del objeto del club.

ARTICULO 23º. Controlar el ingreso y egreso de jugadores al registro del club.

ARTICULO 24º. Controlar y supervisar el rendimiento académico de los jugadores que se encuentren representando al club, en los torneos y campeonatos.

ARTICULO 25º. Adelantar tramites correspondientes ante los entes respectivos a que diera lugar por la participación de los jugadores en los diferentes torneos y campeonatos.

ARTICULO 26º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el Presidente.

 

 

CAPITULO IV

 

DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO

 

ARTICULO 27º. Adelantar las inscripciones de los equipos representativos del club, en los diferentes campeonatos y torneos.

ARTICULO 28º. Asistir a los congresos técnicos y reuniones de delegados de los diferentes campeonatos y torneos en los cuales este participando el club.

ARTICULO 29º. Elaborar las actas de las reuniones del Comité Ejecutivo y la Asamblea General y consignarlas en el libro de Actas.

ARTICULO 30º. Controlar que todas las anotaciones, permisos e incapacidades sean consignadas en la hoja de vida de cada jugador.

ARTICULO 31º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

 

CAPITULO V

 

DE LAS FUNCIONES DEL TESORERO

 

ARTICULO 32º. Radicar y tramitar el pago de todas las facturas o cuentas de cobro derivadas de las obligaciones financieras del Club.

ARTICULO 33º. Recaudar los recursos financieros a que tuviese derecho el club, ya sean por conceptos de pagos, donaciones o patrocinios deportivos.

ARTICULO 34º. Presupuestar los gastos semestrales del club.

ARTICULO 35º. Presupuestar los gastos que ocasiona la participación de los diferentes equipos del club en los diferentes campeonatos o torneos.

ARTICULO 36º. Elaborar la contabilidad del club y consignarla en el libro respectivo de contabilidad.

ARTICULO 37º. Manejar la caja menor del club.

ARTICULO 38º. Entregar a la junta directiva un informe bimestral del estado financiero del club.

ARTICULO 39º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

 

CAPITULO VI

 

DE LAS FUNCIONES DEL FISCAL

 

ARTICULO 40º. Velar por el cumplimiento de los objetivos y estatutos del club.

ARTICULO 41º. Elaborar las actas de fiscalización correspondiente a cada campeonato o torneo; o cada vez que fuese necesario.

ARTICULO 42º. Supervisar la distribución y gastos de los recursos financieros del club.

ARTICULO 43º. Supervisar la procedencia de los recursos financieros adquiridos por el club.

ARTICULO 44º. Revisar y supervisar periódicamente las hojas de vida de los jugadores del club.

ARTICULO 45º. Revisar bimestralmente los libros de actas y contabilidad del club, rendir el informe correspondiente al Comité Ejecutivo y a la Asamblea General.

ARTICULO 46º. Todas aquellas funciones, tareas y funciones que le sean asignadas por el Presidente y la Asamblea General.

 

 

 

CAPITULO VII

 

DE LAS FUNCIONES DE LOS VOCALES

 

ARTICULO 47º. Dar a conocer a los miembros del club las reglamentaciones, comunicados o informes expedidos por el comité ejecutivo, el Presidente o el Gerente Deportivo del club.

ARTICULO 48. Elaborar y consignar toda la información necesaria en la hoja de vida de cada jugador del club.

ARTICULO 49º. Organizar las diferentes comisiones y la parte logística para el desarrollo de las actividades sociales, culturales y deportivas organizadas por el Club.

ARTICULO 50º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

 

CAPITULO VIII

 

DE LAS FUNCIONES DEL GERENTE DEPORTIVO

 

ARTICULO 51º. Adelantar y realizar seguimiento a las gestiones necesarias para la consecución de los recursos financieros.

ARTICULO 52º. Velar por el bienestar de todos los jugadores y miembros del club.

ARTICULO 53º. Adelantar y desarrollar todas las gestiones administrativas necesarias para el buen funcionamiento del club

ARTICULO 54º. Rendir un informe bimestral de la situación administrativa y financiera del club.

ARTICULO 55º. Verificar y supervisar el cumplimiento de los convenios suscritos por el club.

ARTICULO 56º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

 

CAPITULO IX

 

DE LOS ENTRENADORES Y/O MONITORES

 

ARTICULO 57º. Asistir a todos los entrenamientos oficiales programados semanalmente; teniendo  como salvedad la inasistencia por enfermedad certificada por un medico, o por calamidad familiar u otras que tengan previa autorización del Presidente. Esta autorización deberá ser expedida por escrito.

ARTICULO 58º. Asistir a todos los partidos programados de los torneos en que este participando el club, teniendo como salvedad la inasistencia por enfermedad certificada por un medico, o por calamidad familiar u otras que tengan previa autorización del Presidente. Esta autorización deberá ser expedida por escrito.

ARTICULO 59º. Los entrenadores deberán demostrar a demás de un buen nivel deportivo, tener cualidades humanas, morales y sociales, acordes con la filosofía del club.

ARTICULO 60º. Adelantar y realizar seguimiento a los equipos que estén bajo su dirección.

 

PARAGRAFO: En lo posible se nombrara un técnico por rama, con el fin de facilitar el trabajo y optimizar al máximo los escenarios.

 

ARTICULO 61º. Velar por el bienestar de todos los jugadores y miembros del club.

ARTICULO 62º. Adelantar y desarrollar todas las gestiones administrativas necesarias para el buen funcionamiento del club.

ARTICULO 63º. Rendir un informe bimestral de la situación administrativa y deportiva de los seleccionados del club.

ARTICULO 64º. Visitar los diferentes planteles educativos con miras a detectar posibles talentos con miras a vincularlos al club.

ARTICULO 65º. Dar a conocer a los miembros del club las reglamentaciones, comunicados o informes expedidos por el comité ejecutivo, el presidente o el gerente deportivo del club.

ARTICULO 66º. Elaborar y consignar toda la información necesaria en la hoja de vida de cada jugador del club.

ARTICULO 67º. Apoyar las diferentes comisiones y la parte logística para el desarrollo de las actividades sociales, culturales y deportivas organizadas por el club.

ARTICULO 68º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

PARAGRAFO: El salario de los entrenadores será fijado por el comité ejecutivo, en común acuerdo y según el estado financiero del club.

 

 

 

CAPITULO X

 

DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS AFILIADOS ACTIVOS

 

ARTICULO 69º. Asistir a todos los entrenamientos oficiales programadas semanalmente por el entrenador; teniendo como salvedad la inasistencia por enfermedad certificada por un medico, o por calamidad familiar u otras que tengan previa autorización del entrenador. Esta autorización deberá ser expedida por escrito y llevar el visto bueno del presidente.

ARTICULO 70º. Asistir a todos los partidos programados semanalmente por el entrenador y de los torneos en que este participando a nombre del club, teniendo como salvedad la inasistencia por enfermedad certificada por un medico, o por calamidad familiar u otras que tengan previa autorización del entrenador. Esta autorización deberá ser expedida por escrito y llevar el visto bueno del presidente.

ARTICULO 71º. Los jugadores deberán demostrar a demás  de un buen nivel deportivo, tener cualidades humanas, morales y sociales, acordes con la filosofía del club.

ARTICULO 72º. Los jugadores activos del club, no podrán realizar la práctica del voleibol de arena, sin previa autorización escrita del entrenador, y del  visto bueno del presidente, o el gerente deportivo del club.

ARTICULO 73º. Los jugadores activos del club, no podrán participar con otros equipos en otros torneos, sin previa autorización escrita del entrenador, y el visto bueno del presidente, o el gerente deportivo del club.

ARTICULO 74º. Los jugadores activos del club, no podrán realizar la práctica del voleibol en otro momento a los entrenamientos y partidos del club, sin previa autorización escrita del entrenador, y el visto bueno del presidente, o el gerente deportivo del club.

ARTICULO 75º. Todos los jugadores seleccionados para representar al club, en los diferentes campeonatos y torneos, tendrán derecho a los implementos necesarios para tal fin como uniformes, camisetas de presentación, sudaderas, chaquetas, camisetas de entrenamiento, y todos aquellos que la junta directiva estime convenientes y de acuerdo al estado financiero.

ARTICULO 76º. Todos los miembros activos del club, tendrán derecho a ser tenidos en cuenta para conformar las nóminas de participación en los diferentes campeonatos y torneos.

 

PARAGRAFO:  Las nóminas de participación serán definidas a partir de los siguientes puntos:

 

1º Estar a paz y salvo con el club

2º Disciplina y responsabilidad

3º Rendimiento deportivo

4º Compañerismo, valores humanos y morales.

 

ARTICULO 77º. Todos los miembros activos del club tendrán derecho a la dotación de camisetas de entrenamiento.

 

PARAGRAFO: Solo se le entregara camiseta a quien cumpla con todos los requisitos de afiliación, que son los siguientes:

 

 Llenar el registro deportivo

 Entregar tres fotos recientes sin sellos y sin laminar.

 Cancelar en su totalidad la cuota de afiliación.

 Entregar el certificado medico de salud y aptitud física deportiva.

 Carta de libertad si perteneció a algún club.

 Declaración firmada en que se somete a los estatutos del club.

 

ARTICULO 78º. Todos los miembros activos del club tendrán derecho a participar en la organización y desarrollo de las diferentes actividades sociales, culturales y deportivas desarrolladas por el club.

ARTICULO 79º. Los implementos de dotación entregados a los miembros del club, son de uso exclusivo de los mismos, y para fines relacionados con las actividades del club.

ARTICULO 80º. Velar por el cumplimiento de los objetivos y estatutos del club.

ARTICULO 81º. Todas aquellas funciones y tareas que le sean asignadas por el presidente.

 

CAPITULO XI

 

DE LAS SANCIONES

 

ARTICULO 82º. La inasistencia a dos (2) entrenamientos consecutivos o tres (3) no consecutivos durante el bimestre, ocasionaran un llamado de atención con copia a la hoja de vida.

ARTICULO 83º. La inasistencia a tres (3) partidos de los campeonatos o torneos en que el jugador este representando al club, ocasionara la expulsión del club.

 

ARTICULO 84º. Los actos de indisciplina o desacato a las instrucciones impartidas por el entrenador o en su ausencia el monitor y/o capitán del equipo, serán sancionadas con un llamado de atención verbal, el cual se consignara en la hoja de vida del afiliado. Afiliado que acumule tres (3) llamados de atención verbales será excluido del equipo y entrará en un periodo de prueba de dos (2) meses en que deberá asistir a los entrenamientos y no podrá actuar en ningún partido en representación del club, así mismo si persiste será expulsado del club.

ARTICULO 85º. Todo afiliado que no asista a los entrenamientos deberá comunicarse en las siguientes doce (12) horas, con el entrenador o con el monitor y/o capitán.

ARTICULO 86º. Todo jugador que llegue tarde a un partido tendrá un llamado de atención verbal, el cual será consignado a la hoja de vida del jugador.

 

 

PARAGRAFO:  La autorización para llegar tarde a un partido deberá ser previa a este y constar por escrito.

 

ARTICULO 87º. Jugador que llegue tarde 15 minutos a un entrenamiento, no podrá entrenar, jugador que acumule seis (6) retardos durante el bimestre deberá cumplir tareas de monitor y/o auxiliar del entrenador del equipo que determine el presidente, además de no poder actuar en partidos durante un mes.

ARTICULO 88º. Las autorizaciones para que un jugador pueda llegar tarde a los entrenamientos deberá ser autorizada por el entrenador y constar por escrito, además de llevar el visto bueno del presidente o el gerente deportivo del club.

 

 

CAPITULO XII

 

DE LOS APORTES

 

ARTICULO 89º. Todos los miembros del club deberán hacer un aporte mensual de Ciento Veintisiete mil quinientos pesos ($127.500) m/cte. Reflejados de la siguiente manera:
Aporte Financiado del club por Deportista: 61%

El aporte real de cada afiliado al club sera de $55.000 mensuales para el año 2020. Horario Diurno y de $60.000 horario nocturno.

Dichos aportes se ajustaran de acuerdo a la tarifa/hora de entrenamiento de las Escuelas de la Liga de Voleibol de Bogotá y según inflación anual.

ARTICULO 90º. Estos aportes deberán ser consignados en la cuenta del club, a mas tardar los cinco (5) primeros días de cada mes y entregar copia de la consignación al tesorero del club.

ARTICULO 91ºEl PAZ Y SALVO de los jugadores del club que desean abandonar el plantel es de el valor de la  anualidad vigente al momento de su solicitud.

 PARAGRAFO: Si al momento de solicitar el PAZ Y SALVO, el afiliado no se encuentra al día de sus cuotas de mantenimiento y otros, este no podra ser expedido hasta tanto no se cancele el valor que dicho afiliado debe al club.

PARAGRAFO: Afiliado que cancele la anualidad por anticipado, recibirá un descuento del quince por ciento (15%) del valor a pagar.

 

 

CAPITULO XIII

 

DEL INGRESO DE NUEVOS JUGADORES

 

ARTICULO 92º. Para ingresar al club deberán presentar la carta de libertad y el paz y salvo del club anterior, en caso de no haber sido jugador de un club anteriormente deberá, presentar una carta firmada, especificando que nunca ha pertenecido a un club, bajo la gravedad de juramento.

ARTICULO 93º.  Deberá presentar diligenciado los siguientes tramites:

 
Llenar el registro deportivo

Entregar tres fotos recientes sin sellos y sin laminar

Entregar el certificado medico de salud y aptitud física deportiva

Carta de libertad si perteneció a algún club.

Declaración firmada en que se somete a los estatutos del club.

 

ARTICULO 94º. Cancelar por concepto de afiliación un aporte de inscripción de cincuenta mil pesos ($50.000) m/cte.

 

PARAGRAFO: Con el fin de facilitar el pago de la afiliación se puede diferir el pago hasta un máximo de cinco quincenas (5); es decir dos meses y medio (2.5 meses) y tendrá un recargo de dos mil pesos ($2.000) por cuota diferida.

 

ARTICULO 95º. Estos aportes deberán ser consignados en la cuenta del club y deberá entregar la copia de la consignación al tesorero del club.

ARTICULO 96º.  Todos los jugadores que deseen ingresar al club estarán  bajo un periodo de prueba de un (1) mes, contados a partir de la asistencia al primer entrenamiento.

 

 

PARAGRAFO: Los jugadores que se encuentren en periodo de prueba no podrán faltar a ningún entrenamiento durante este periodo.

TODOS LOS ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE REGLAMENTO SERAN ANALIZADOS Y ESTUDIADOS POR EL COMITÉ EJECUTIVO.

 

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Bogotá a los quince (12) días del mes de Noviembre de dos mil cinco (2005). Para su aprobación en constancia firman:

 

 

 

 

LUIS ALBERTO SOSA GARCIA        MIGUEL ROBERTO JAIMES

Presidente                                                              Vicepresidente

 

 

 

 

MAURICIO RODRIGUEZ                      SANDRA ACUÑA

Secretario                                                        Tesorero

 

 

 

 

DANIEL GOMEZ                                        PILAR URREGO

Vocal                                                                     Fiscal

 

 


 
 
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CLUB DEPORTIVO EN ZONA
 
Personería Jurídica No 165 de Junio de 1999
 
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